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17-01-2020

Sesión sobre intercambio automático de información financiera. Régimen de Intermediarios Calificados / No Calificados, FATCA y CRS

Conjuntamente con GIINtax y TransWorldCompliance se llevó a cabo un desayuno de trabajo en donde se analizó el régimen de Intermediarios Calificados, FATCA y CRS.

Intermediarios Calificados (“Qualified Intermediaries” – “QI Regulations”)

Regimen de la Sección 1441 NRA

Las Instituciones Financieras ubicadas fuera de Estados Unidos que actuen como custodios de valores y reciban ciertas ganancias de fuente estadounidense por cuenta de sus clientes, se encuentran obligados a cumplimentar con las disposiciones de la Sección 1441 de las regulaciones americanas.


¿Debe aplicarse en Argentina?

Si. Aquellos Custodios de Valores e Instituciones Financieras que por cuenta de sus clientes efectuen determinadas inversiones en Estados Unidos, mantienen obligaciones bajo este régimen. Por ejemplo, aquellas Instituciones que inviertan en nombre de sus clientes en acciones de empresas americanas que cotizan en bolsa y que reciban dividendos de esa inversión, se encuentran obligadas a cumplir con estas disposiciones del código estadounidense.

¿Qué ganancias de fuente estadounidense se encuentran comprendidas?

Las ganancias de fuente americana sometidas a este régimen son aquellas denominadas “FDAP” (por sus siglas en inglés), que incluyen aquellas rentas fijas, determinables, anuales o periódicas. Generalmente son intereses, dividendos, regalías, rentas, etc., provenientes de Estados Unidos.

¿En qué consiste este régimen?

El régimen determina la documentación requerida, la retención a aplicar, la forma de efectuar el depósito de impuestos y el reporte de aquellas ganancias (FDAP) de fuente americana, que sean pagadas a un residente no americano a través de una entidad financiera intermediaria. El procedimiento y las obligaciones de cumplimiento de las entidades financieras dependen de su clasificación como entidad “Calificada” o “No Calificada”.

¿Qué es una Entidad Calificada y una No Calificada?

Existen dos grandes tipos de intermediarios: calificados y no calificados. Los primeros mantienen un acuerdo con el IRS a cambio de una menor carga de obligaciones y consiguientemente reducción en los costos de cumplimiento. Los segundos (mayoría de intermediarios) son no calificados (sea porque no pueden u optaron por no serlo), y pese a no mantener un acuerdo con el IRS deben igualmente cumplimentar con las normas de este régimen.

¿Existen sanciones por incumplimiento?

Existen sanciones por incumplimiento. Las sanciones son de diferentes tipo y abarcan desde multas a exclusiones del régimen, además de la sanción reputacional que implica para una entidad financiera no cumplimentar con estas normas.

 

Para mayor información no dude en contactarnos.

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