COMPLIANCE & REPORTING EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA (CRS / QI / FATCA)

Asesoramiento, capacitación e implementación de normas de intercambio automático de información financiera.

QUALIFIED INTERMEDIARIES

Aquellas Instituciones Financieras que por cuenta de terceros clientes mantienen inversiones en Estados Unidos, se encuentran obligados a cumplimentar con el regimen de la sección 1441 del Codigo Norteamericano.

Este régimen determina la documentación requerida, la retención a aplicar, la forma de efectuar el depósito de impuestos y el reporte de aquellas ganancias (FDAP) de fuente americana, que sean pagadas a un residente no americano a través de una entidad financiera intermediaria. El procedimiento y las obligaciones de cumplimiento de las entidades financieras dependen de su clasificación como entidad “Calificada” o “No Calificada”.

Existen dos grandes tipos de intermediarios: calificados y no calificados. Los primeros mantienen un acuerdo con el IRS a cambio de una menor carga de obligaciones y consiguientemente reducción en los costos de cumplimiento. Los segundos (mayoría de intermediarios) son no calificados (sea porque no pueden u optaron por no serlo), y pese a no mantener un acuerdo con el IRS deben igualmente cumplimentar con las normas de este régimen.